La justicia a los pies de la iglesia
El avance de la perscusión en la UCA se desarrolla sin pausa con los procesos judiciales entablados contra miembros de la comunidad educativa en el marco de la toma estudiantil registrada el año pasado. Las autoridades de la UCA se disponen a sellar las arbitrariedades cometidas en connivencia con los serviles operadores del sistema de justicia.
La tramitación judicial que afecta a estudiantes, docentes como a trabajadores de la UCA en distintos fueros de la justicia tienen en común la injerencia de la cúpula de la iglesia católica para continuar con las actuaciones autoritarias e ilegales. La justicia, obsecuente y genuflexa, se pone a disposición para que los atropellos cometidos sigan canalizándose vía la continuidad de la criminalización de la protesta contra los estudiantes y los despidos arbitrarios contra los trabajadores.
Las circunstancias en que se inscriben estos procesos judiciales dan cuenta de una situación generalizada en el ámbito de la política estatal hacia la protesta social, cuyos ribetes se caracterizan por la utilización de diversos mecanismos fácticos para desconocer derechos y legitimar arbitrariedades. En otras palabras, la criminalización adquiere una tónica de un derecho penal paralelo[1] más acentuado y en última instancia, cuando las medidas “administrativas” no alcanzan, éstas se canalizan a partir de una formalización judicial que legitima las disposiciones “administrativas” de las autoridades, siempre teniendo como marca lo arbitrario.
El caso de la UCA es emblemático para comprender el nivel de impunidad con el que opera la iglesia católica como una institución que busca reubicarse ante tantas denuncias y golpes en el afán de seguir demostrando autoridad y utilidad al Estado para la regimentación social mediante una contención alienante eficaz.
Las autoridades de la UCA cuentan con denuncias que van desde acosos sexuales a estudiantes, denuncia por encubrimiento de pederastas, transgresión de normativas laborales, manejos arbitrarios y antidemocráticos en la comunidad educativa, manejo irregular de recursos financieros institucionales, etc.
A pesar de todas las acusaciones, casos como el del docente Cristian Kriskovich[2] denunciado por acoso sexual fue desestimada por la Fiscalía tras una investigación amañada; posteriormente éste demandó a la alumna por $450mil por daño a su “imagen”[3], el mismo sigue impunemente presidiendo el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados. El Abg. César Ruffinelli quien acompañó el atropello de la toma estudiantil el 14 de setiembre pasado con guardias privados, ante la impasible mirada de miembros de la fiscalía, sigue orondo dando clases en la universidad e incluso en diplomados sobre “derecho laboral”[4]; y por supuesto, el jefe de todos estos delincuentes y a la vez empleado del Arzobispo Ed(In)mundo Valenzuela, el rector de la UCA Narciso Velázquez, emblema del autoritarismo para la comunidad educativa, sistemáticamente denunciado como violador de los derechos laborales de los trabajadores, denunciado como supuesto encubridor del sacerdote pedófilo argentino Carlos Ibáñez -quien contando con orden de detención actuaba impunemente dando misas y relacionándose con niños/as en situación de vulnerabilidad- continua como si nada al frente de la universidad.
Los ejemplos mencionados dan una muestra del nivel “moral” de las autoridades de la UCA que se precian de decentes e intachables. Los antecedentes señalados no sólo dibujan lo cínica y desvergonzada que es la iglesia reflejada en la universidad ligada a ella, sino también en las ligazones que se extienden a las instituciones del Estado ya que poseen intereses comunes y ambas superestructuras son necesarias para la coexistencia del modelo social capitalista.
La situación judicial de trabajadores y estudiantes
Esta simbiosis (Iglesia/Estado) opera hoy concretamente en el requerimiento de acusación como querella adhesiva[5]presentada por la UCA conjuntamente con la Fiscalía para llevar a un juicio oral a los estudiantes y docentes procesados por la toma estudiantil del año pasado. Tras el cese de la toma, Narciso Velázquez había firmado un acuerdo con los estudiantes a través de cual asumía el compromiso de desistir de cualquier acción judicial o administrativa contra los mismos. Sin embargo, ante los hechos, vemos que fue una más de sus tantas mentiras y no tienen inconveniente alguno de proseguir hasta el final con el hostigamiento y castigo a estudiantes que osaron cuestionar su autoritarismo en búsqueda de democracia y decencia en su casa de estudios, palabras que el rector desconoce.
Por su parte, los trabajadores despedidos, todos dirigentes sindicales, no les toca mejor suerte. Los mismos, teniendo estabilidad laboral y sindical, fueron desafectados de sus puestos de trabajo por la UCA sin que medie ninguna decisión judicial. Es decir, contando todos con las estabilidades indicadas, sólo un juez en lo laboral podía tomar una decisión como la que tomó Narciso y sólo mediando una causa excepcional como hechos de violencia de parte de los trabajadores debidamente probados.
Uno creería que recurriendo a la “justicia” con una medida cautelar de reposición urgente e inmediata ante tamaña arbitrariedad sería un mero trámite. La medida cautelar según la legislación debe resolverse en 48 horas, gracias a la intersección de la “santa” iglesia y la estructura corrupta de la UCA la resolución de esta medida cautelar se extendió por 3 meses, entre inhibiciones de jueces timoratos y trámites burocráticos tribunalicios. La decisión judicial, como no podía ser de otra manera, de manera infundada fue en contra de los trabajadores. Tribunal de apelaciones debe pronunciarse ahora para conocer la decisión final con relación a la justa reposición de los mismos.
Como si todo esto fuera poco, y con una caradurez a prueba de todo, la UCA para trabar la reposición, presentó la demanda por “despido justificado” contra los trabajadores alegando hechos de violencia de parte de los 4 despedidos. Supuestamente los 4 violentaron a las autoridades, docentes y estudiantes. El nivel de imaginación para mentir ya no conoce de límites en la UCA.
Más allá de que los afectados puedan revertir la situación judicial, el daño a los mismos, al sindicato y al conjunto de trabajadores fue el único objetivo de las autoridades universitarias con esta medida. El fin último de la persecusión sindical, la aplicación de medidas precarizadoras e ilegales sirven para seguir ensanchando sus sotanas a costa de la explotación laboral.
La miserabilidad de la patronal catótlica afloró por la asfixia que entre reclamos laborales y estudiantiles embretaba a la misma. La lucha sigue en pie, la resistencia continúa y sigue empujando para tener días mejores en el trabajo y en las aulas, la solidaridad activa recompondrán las fuerzas y más temprano que tarde la victoria será de los que luchan por una universidad y sociedad diferente.
[1] Derecho penal paralelo se denominan a las sanciones que de hecho aplican organismos estatales o privados sin que esté contemplado la conducta como ilegal y, en consecuencia, la sanción, que de hecho se aplica, resulta ilegítima. Un ejemplo concreto para entender el concepto son los despidos que sufren los trabajadores que intentan formalizar un sindicato; una vez que se presentan los documentos pertinentes ante el Minsterio del Trabajo, la misma institución estatal obstruye los mecanismos para que la organización no pueda ser reconocida, dando aviso a la patronal para que eche a los que lo impulsan. En el ejemplo, el echo de organizar un sindicato no está prohibido, sin embargo, en los hechos, organizarse sindicalmente en Paraguay significa la apliciación del despido por la patronal (sanción al ejercicio de la libertad sindical) patrocinado por el propio Ministerio, actuación que en última instancia obedece a una política gubernamental antisindical.
[2] http://www.abc.com.py/edicion-impresa/politica/joven-ratifica-acoso-pero-kriskovich-dice-ser-inocente-1570421.html
[3] http://www.ultimahora.com/abogado-denuncia-trafico-influencia-kriskovich-n1126876.html
[4] http://www.universidadcatolica.edu.py/presentaci%C3%B3n-del-diplomado-%E2%80%9Cderecho-del-trabajo-y-de-la-seguridad-social.html
[5] La figura de la querella es la representación formal/legal de la victima o afectado/a por un delito en un proceso penal, quien pasa a actuar en carácter de parte, de manera adhesiva, a la actuacion del Ministerio Público. Las partes en el proceso penal de acción pública son: la Fiscalía, el imputado y eventalmente la vícitima en calidad de querellante. La acusación presentado por la UCA en calidad de querellante, acompaña o se adhiere a la acusación realizada por la Fiscalía. El escrito de acusación fiscal y/o el de la querella es uno de los modos en que concluye una investigación penal y a través del cual se sostiene la supuesta existencia de un hecho punible, se ofrecen las pruebas que serán presentadas y se pide la elevación del caso a un juicio oral y público.